|
|
XVII.-De las cosas ajenas que hombre maneja mal, que peche otro tanto por ello. XVIII.-De las cosas que hombre toma en peligro de agua o de fuego. XIX.-De la buena y de los herederos del ladrón. XX.-Si algún hombre deja el ladrón o el malhechor que prendió. XXI.-Del siervo que hace hurto a su señor o a otro siervo del señor. XXII.-Hasta cuál tiempo el que prende el ladrón lo debe presentar al juez. |
|
|
Buena (bienes, haberes, hacienda) |
|
| |