|
|
XIX.-Que los judíos no sean mayordomos ni autores en manera de servicio ni sean puestos sobre los pueblos y las familias de los cristianos, y de la pena de los que los adelantan en esto. |
|
|
Carta de presentación;Exclusión social;Inquisición;Intolerancia religiosa;Judaizantes;Judíos;Mayordomo;Obispo;Penas (punición);Sacerdote |
|
|
Los judíos que emigran deben presentarse ante el obispo con una carta de presentación del sacerdore y obispo de procedencia. Este trámite debe ser inspeccionado por los obispos y sacerdotes. Los judíos no pueden ejercer servicio alguno ni tener preeminencia ni poder alguno sobre los pueblos. |
|
| |